Circular en respuesta a los representantes de la denominada "asociación" acerca de los efectos de la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 9 Junio de 2009.
Auto desestimatorio del recurso de apelación interpuesto contra la adopción de
las medidas cautelares solicitadas por Dª Lucía Cobo Patiño, D. Mateo Guardado Martín, Dª Purificación Almansa Velasco
y Comunidad de Propietarios de Los Ángeles de San Rafael.
"Hacemos eco de la opinión recibida de propietarios que justifican en la situación que
se encuentra nuestra comunidad con la asociación de propietarios y otros."
» Actos vandálicos en la Urbanización.
"Asunto: Actos vandálicos con
grafitis y pinturas
indiscriminadas. Coste actualización, reposición, perjuicio conforme a reclamación
de daños y perjuicios". Descarga los documentos asociados:
"Pleno en el ayuntamiento de el Espinar donde se presentó
escrito de conveniencias (en la prestación de servicios) y justificación de la
legalidad urbanística respecto a la recepción de nuestra urbanización."
"Una vez mas los pretextos de cumplimiento con la obligación económica
con nuestra comunidad
por parte de la asociación de propietarios no han servido y tanto, en primera
instancia, como en la audiencia provincial han sido desestimadas las pretensiones de
impugnación de la citada agrupación minoritaria que sólo pretende el vivir de los
ingresos del resto de los propietarios ya que ellos son morosos al no cumplir
con las obligaciones económicas. "
"Es de interés por parte de esta comunidad proceder a la
mayor brevedad a la ejecución de las costas de este y otros procedimientos con la finalidad
de poder afianzar el cobro de las mismas mediante embargos preventivos de
los bienes de los miembros de la citada asociación."
"Sentencia esclarecedora en relación a los argumentos
peregrinos y no justificados por parte de la asociación relativos a el
reparto de los gastos, individualización de los mismos, obligación de pago para
exigir, concurrencia a la asamblea, rendición de cuentas, condición de moroso,
información, convocatorias y tantas cosas que han sido aclaradas y que
justifican el bien hacer de esta comunidad para los intereses generales de
la totalidad de los propietarios. "